este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 256 ordinal 3 y 280 del Código Adjetivo Penal, dictó el siguiente pronunciamiento: Primero: DECRETO LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a los imputados Nahum David Parra Cañizalez, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No V-19.903.841, Humberto José Mendoza, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No V-20.188.061, , Juan Carlos Colmenarez Brant venezolano, titular de la Cédula de Identidad No V-20.237.577, Wilmer José Garrido Mendoza venezolano, titular de la Cédula de Identidad No V-20.267.126, quienes deberán presentarse cada quince (15) días por ante la taquilla de presentación de este Circuito Judicial Penal; por la presunta comisión del delito de Violencia o de la Resistencia a la Autoridad, tipo pen.....