Decisiones del dia 08/05/2006
N° Expediente :
KP02-G-2005-000011
N° Sentencia :
KP02-G-2005-000011
Fecha: 08/05/2006
Procedimiento: Querella Funcionarial
Partes: EVA CECILIA PERNALETE VS. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SIMÓN PLANAS DEL ESTADO LARA.
Resumen:
En consecuencia de lo antes expuesto, la materia salarial de los Empleados Públicos, o de las personas que prestan Función Publica, no se rigen por la normativa de la Ley Orgánica del Trabajo y para estos funcionarios solo es salario, aquello que aparece reflejado en la partida 401000000 del clasificador de cuentas emanado de la UNAPRE, (Oficina Nacional de Presupuesto) aplicable a todos los entes públicos territoriales o no, siendo salario únicamente lo que aparece en el referido clasificador como tal.
Ello reitera, que los ahorros de un ente publico durante el ejercicio, no forman parte del salario y ésta es la base que utiliza el recurrente para pretender que lo sea, fundamentando el concepto de salario inclusive, en la costumbre laboral que genera derechos adquiridos, lo que no sucede en materia de función publica por violentar el principio de legalidad y así se determina.
III
Decisión
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencio.....
Juez/Ponente:
Horacio Jesús González Hernandez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
N° Expediente :
KP02-N-2005-000022
N° Sentencia :
KP02-N-2005-000022
Fecha: 08/05/2006
Procedimiento: Querella Funcionarial
Partes: POMPEYO JIMÉNEZ VS. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SIMÓN PLANAS DEL ESTADO LARA.
Resumen:
En consecuencia de lo antes expuesto, la materia salarial de los Empleados Públicos, o de las personas que prestan Función Publica, no se rigen por la normativa de la Ley Orgánica del Trabajo y para estos funcionarios solo es salario, aquello que aparece reflejado en la partida 401000000 del clasificador de cuentas emanado de la UNAPRE, (Oficina Nacional de Presupuesto) aplicable a todos los entes públicos territoriales o no, siendo salario únicamente lo que aparece en el referido clasificador como tal.
Ello reitera, que los ahorros de un ente publico durante el ejercicio, no forman parte del salario y ésta es la base que utiliza el recurrente para pretender que lo sea, fundamentando el concepto de salario inclusive, en la costumbre laboral que genera derechos adquiridos, lo que no sucede en materia de función publica por violentar el principio de legalidad y así se determina.
III
Decisión
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencio.....
Juez/Ponente:
Horacio Jesús González Hernandez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
N° Expediente :
KP02-G-2005-000008
N° Sentencia :
KP02-G-2005-000008
Fecha: 08/05/2006
Procedimiento: Querella Funcionarial
Partes: YAMILET CAMACHO VELÁSQUEZ VS. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SIMÓN PLANAS DEL ESTADO LARA.
Resumen:
En consecuencia de lo antes expuesto, la materia salarial de los Empleados Públicos, o de las personas que prestan Función Publica, no se rigen por la normativa de la Ley Orgánica del Trabajo y para estos funcionarios solo es salario, aquello que aparece reflejado en la partida 401000000 del clasificador de cuentas emanado de la UNAPRE, (Oficina Nacional de Presupuesto) aplicable a todos los entes públicos territoriales o no, siendo salario únicamente lo que aparece en el referido clasificador como tal.
Ello reitera, que los ahorros de un ente publico durante el ejercicio, no forman parte del salario y ésta es la base que utiliza el recurrente para pretender que lo sea, fundamentando el concepto de salario inclusive, en la costumbre laboral que genera derechos adquiridos, lo que no sucede en materia de función publica por violentar el principio de legalidad y así se determina.
III
Decisión
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencio.....
Juez/Ponente:
Horacio Jesús González Hernandez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
N° Expediente :
KP02-R-2006-000132
N° Sentencia :
06-724
Fecha: 08/05/2006
Procedimiento: Daños Y Perjuicios Derivados De Accid. De Transito
Partes: PABLO JESÚS DURAN, VS. LA SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE LA CONSOLACIÓN C.A., RAMÓN EUGENIO QUINTERO, SEGUROS CARACAS C.A., Y EL CIUDADANO GERMAN RAMÓN MÁRQUEZ PÉREZ
Resumen:
Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de febrero de 2006, por el abogado Harold Paredes Bracamonte, apoderado judicial del ciudadano Nelson Quintero Portilla, contra el auto dictado en fecha 03-02-06, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio de indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, interpuesto por el ciudadano PABLO JESÚS DURAN, contra la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LA CONSOLACIÓN C.A., RAMÓN EUGENIO QUINTERO, propietario del Remolque; SEGUROS CARACAS C.A., en su condición de garante del vehículo N° 1 y de su remolque, y al ciudadano GERMAN RAMÓN MÁRQUEZ PÉREZ, en su carácter de conductor del vehículo N° 01, en consecuencia se REVOCA el auto impugnado y se ordena la citación de los herederos conocidos. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Maria Elena Cruz Faria
Organo:
Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
KP01-P-2005-011585
N° Sentencia :
Fecha: 08/05/2006
Procedimiento: Condenatoria
Partes: ACUSADO: JEAN CARLOS RODRÍGUEZ TIMAURE; DEFENSOR PÚBLICA: ABG. MIRIAM RODRÍGUEZ;FISCAL 4º DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. ÁNGELA MOTTOLA
Resumen:
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado N° 5 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JEAN CARLOS RODRÍGUEZ TIMAURE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nunca ha cedulado, nacido el 22/04/1978, de 28 años de edad, soltero, natural de Ciudad Ojeda, residenciado en Barrio Unión Avenida 3 con 9 cerca del Restaurant Chino, s/n de Barquisimeto Estado Lara, a sufrir la pena de siete años (07) y quince (15) días de prisión por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD previstos y sancionados en los artículos 458 y 174 respectivamente del Código Penal SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal (D); TERCERO: Se mantiene la Medida Judicial Privativa de Libertad, a .....
Juez/Ponente:
Francis Mendoza
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio