este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control  del  Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República  Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 256 ordinal 3 y  280  del Código Adjetivo Penal, dictó el siguiente pronunciamiento: Primero: DECRETO LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD,  a los imputados Nahum David  Parra Cañizalez,  venezolano, titular de la Cédula de Identidad No V-19.903.841, Humberto José Mendoza, venezolano, titular  de la Cédula de Identidad No V-20.188.061, , Juan Carlos Colmenarez Brant  venezolano,  titular  de la Cédula de Identidad No V-20.237.577, Wilmer José Garrido Mendoza  venezolano,  titular  de la Cédula de Identidad No V-20.267.126, quienes   deberán presentarse cada quince  (15) días por ante la taquilla de presentación de este Circuito Judicial Penal;  por la presunta comisión del  delito de Violencia o de la Resistencia a la Autoridad,  tipo pen.....