DISPOSITIVA
Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda
PRIMERO: Oída la Admisión de los Hechos realizada por el acusado libre y espontánea, Se Declara Culpable Y Penalmente Responsable al ciudadano JOSE ALONZO SERRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 11.598.097, por la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal, el cual tiene una pena de (03) a (05) Años de Prisión, siendo su Termino Medio según el art. 37 del Código Penal, (04) Años, en atención a lo dispuesto en el articulo 376 del COPP, por Admisión de los Hechos, arroja como resultado (02) Años; Pena en Definitiva a la que se condena al imputado ya identificado mas la accesorias de ley;
SEGUNDO: Se le mantiene al acusado la Medida Cautelar
TERCERO: Por cuanto las partes (Acusado, Defensa y Fi.....