En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, presentado por el ciudadano VLADIMIR ANTONIO COLMENARES CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, civilmente capaz, abogado en ejercicio, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 10.166.383, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 53.152 y con domicilio procesal en el Edificio La Aguja, Piso 9, Oficina 9-2, Av. 20 entre Calles 10 y 11, Barquisimeto Estado Lara, apoderado judicial de la sociedad mercantil INMOBILIARIA OLIVEIRA, C.A., sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Araure, Municipio Araure del Estado Portuguesa, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en f.....