DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA es el COMPETENTE, es el competente para conocer del asunto signado con el Nº KP02-M-2013-00349, relativo a Juicio de COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano LUIS EDUARDO LISBOA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.427.554, contra el ciudadano JOSE RAFAEL MARIA GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.004.915.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal declarado competente, para que una vez recibido éste, continúe la tramitación del mismo.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el a.....