De acuerdo a lo antes señalado, este Tribunal administrando justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DESESTIMA LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana DELGADO JOVITA DEL CARMEN, venezolana, natural de Chabasquen Estado Portuguesa, de Profesión Educadora, de 44 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.633.462, domiciliada en las Residencias Las Doñas, Edificio Mena, piso 4, Apartamento 4-1, Avenida Florencio Jiménez detrás del Restaurant El Araguaney, Barquisimeto Estado Lara, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia solicitante para su archivo en su oportunidad legal. Notifíquese al denunciante, a la denunciada MELVA MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.435.145, quien reside en Quibor carrera 1 con calle 6, Urbanización La Florida, o el lugar de trabajo Ciclo Básico Creación III ubicado en Quibor, .....