DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Yoleida Yalitza Hernández Rodríguez, ya identificada, en representación de sus hijos los niños (OMITIDO ARTÌCULO 65 LOPNA), contra el ciudadano Yberio José Valbuena Campos, ya identificado. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en ochenta mil bolívares (Bs 80.000,00) mensuales, a razón de cuarenta mil bolívares (Bs.40.000,00) quincenales, que viene a ser el 19,76 % del salario mínimo actual, el cual anualmente se incrementará automáticamente en ese porcentaje según lo establecido con el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deport.....