Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 2º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano Carlos Enrique Sánchez Peña, titular de la cédula de identidad Nº 10.772.017, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Urbanización Antonio José de Sucre, Bloque 27, apto 09-07, Barquisimeto Estado Lara. Segundo: Oficiar al Estacionamiento COUNTRY de este estado, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehiculo MARCA CHEVROLET, CLASE AUTOMOVIL, MODELO STEEM, COLOR BLANCO, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, AÑO 2002, PLACA ADJ19L, SERIAL CARROCERIA 9GAEGC11S2B199858, SERIAL MOTOR G13BB756288, al ciudadano Carlos Enrique Sánchez Peña, titular de la cédula de identidad Nº 10.772.017 en calidad de Depósito. Notifíquese a las Partes, ofíciese a la Fisc.....