En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado N° 6 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público relativa al decreto de privación de Libertad en contra de los imputados de autos, y en su lugar se acuerda imponer Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a favor de los ciudadanos EDUARD CESAR FALCON, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.408.001, de 29 años de edad, nacido en Cabudare Estado Lara el 02-10-74, de estado civil soltero, de profesión u oficio mantenimiento de Oficina, residenciado en Cabudare Avenida La Mata calle 8 entre carreras 4 y 9 casa Nº 20-33, Barquisimeto Estado Lara; y OSCAR ALBERTO GONZALEZ ARAUJO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 7.309.233, de 46 años de edad, nacido en Barquisimeto Estado Lara el 06-06-57, de estad.....