DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia y en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por: TRANSITO, intentada por el ciudadano: GERMAN JOSÉ ESPINA OLIVARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.544.403 y de este domicilio, en contra del ciudadano: JAIRO FERNÁNDEZ LÓPEZ VARGAS, mayor de edad, de este domicilio, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.425.396. En consecuencia se condena a la parte demandada antes identificada, a pagar a la parte actora, la suma de: TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.781.600,00), monto éste al cual ascienden los daños ocasionados al vehículo propiedad de la parte accionante. SEGUNDO: Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la indexación monetaria sobre la suma antes señalada, des.....