REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-013040
En horas de despacho del día de hoy, siendo el día y la oportunidad fijada para que tuviera lugar la contestación de la demanda, este Tribunal deja constancia que el ciudadano EFREN EZPINOZA, titular de la cédula de identidad N° 10.772.683, no compareció ni por si ni por medio de abogado a dar contestación a la misma. En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por terminado el presente proceso de conformidad con el último aparte del artículo 185-A del Código Civil, se ordena el archivo definitivo de las presentes actuaciones, una vez que le sean entregados los originales a las partes, remítase al depósito del Archivo Judicial, désele sálida y anótese en los libros respectivos.
EL JUEZ DE JUICIO N° 1
Dr. NELSON ENRIQUE MELENDEZ V.
EL SECRETARIO
NEMV/Luis J
Dirvocio 185-A
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