PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de DESALOJO DE OFICINA, por falta de pago de los cánones de arrendamiento los meses abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2024 y enero, febrero, marzo, abril y mayo del año 2025, conforme al Art. 34, literal "a" de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, incoada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° V-3.537.177, en condición de Presidente de la Firma Mercantil de "MINI CENTRO COMERCIAL ANTONIO C.A.", identificada con el Registro Único de identificación Fiscal (RIF) J-31050804-6, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Lara, bajo el Número 65, Tomo 27-A, en fecha veinte (20) de agosto del 2003, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio JOHANNA PACHECO DE RODRIGUEZ, debidamente inscrita en el I.PS.A bajo el N° 136.153, contra la ciudadana FLOR DE MARIA COLMENAREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de .....