DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en sus funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, al ciudadano: DOUGLAS ABRAHAN LOZADA, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.115.193, venezolano, de 36 años de edad, de profesión u oficio obrero, domiciliado en el Barrio el Paraíso vía el coriano 2, sector 3, vereda 3, casa Nº G-38, a dos cuadras de la escuela Barquisimeto del Estado Lara, por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 del Código Penal. Todo ello de conformidad con el articulo 103 del Código Penal Venezolano en concordancia con los artículos 48 ordinal 1ero y 318 ordinal 3ro de.....