Este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario intentado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO CESTARI PAUL, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Barquisimeto, Estado Lara y titular de la cédula de identidad N° V-9.966.452, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.111, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil EMBOTELLADORA TEREPAIMA, C.A., domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de diciembre de 1.964, anotada bajo el N° 255, inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el N° J-07500963-0; contra el Acto Administrativo contentivo en la Resolución N° GTI-RCO-DJT-ARAJ-2004-004451, de fecha 07 de junio de 2004, notifica.....