REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL
Barquisimeto, dos de agosto de 2005
195° y 146°
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 106/2005
ASUNTO: KP02-U-2004-000168
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico, recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), en fecha 17 de mayo de 2004 y distribuido a este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en fecha 18 de mayo de 2004, incoado por el ciudadano FREDDY SÁNCHEZ NAVEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.960.659, domiciliado en Coro, Estado Falcón, actuando con el carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil SOLESTUDIOS, C.A., con domicilio Avenida Buchivacoa frente al IPASME, Coro, Estado Falcón, identificada con el Registro de Información Fiscal bajo el N° J-08511395-9, asistido por la abogada BEATRIZ BLANCO GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.477.542, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.073; contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución N° SAT-GTI-RCO-600-404, de fecha 27 de mayo de 2003, emanada de la DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o inadmitir el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266 a saber: Se trata de actos Administrativos de efectos particulares recurribles en vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del Recurrente, igualmente queda demostrado la Representación Legal del ciudadano FREDDY SÁNCHEZ NAVEDA, titular de la cédula de identidad N° V-1.960.659, quien funge de Director Gerente de la Sociedad Mercantil SOLESTUDIOS, C.A., y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, en cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. Procédase su tramitación y sustanciación, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior, según lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho, de este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto a los dos (02) días del mes de agosto de dos mil cinco (2005). Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
El Juez,
Dr. Carlos L. Amaro Figueredo.
El Secretario,
Abg. Francisco Martínez.
En horas de despacho del día de hoy, dos (02) del mes de agosto del año dos mil cinco (2005), siendo la once y cincuenta y seis minutos de la mañana (11:56 am.), se publicó la presente Decisión.
El Secretario,
Abg. Francisco Martínez.
ASUNTO: KP02-U-2004-000168
CLAF/lsca.-
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