Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común de los cónyuges MARINELLA RODRIGUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 5.437.681, y WILLIAN ALFREDO TORO CAÑIZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 7.343.615, de este domicilio, en tal virtud, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos ante el Juzgado del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 10 de Diciembre de 1987, la cual quedo inserta bajo el Nro. 10, folios 110 y 111, tal y como consta en el libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Juzgado.