En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA, intentada por la ciudadana: ALBA DEL CARMEN COLMENAREZ RAMÍREZ, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: JOSÉ ANTONIO PIÑA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.624.582, contra el ciudadano: CRUZ MARIA YAJURE VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.477.271.- SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencido en el proceso.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Ir.....