En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Séptimo de
Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinales 2º, 5º y parágrafo primero y 252 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado, Ciudadano: JHONNY JOSE PIÑA SANCHEZ, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-13.417.900, de 30 años de edad, nacido el día 21-03-76, hijo Hermes Piña y Ana Sánchez, residenciado en el Barrio Santa Rosalía, Avenida Principal, Casa S-N de bloques, techo de Acerolit al frente de la Iglesia, Barquisimeto, Estado Lara a quien se le imputa la presunta comisión del hecho punible, pre-calificado como TENT.....