D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ERNESTO NICOLÁS MONTEMURRE AVILÉZ, contra la sentencia dictada el 17 de noviembre de 2003 por la Sala Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, la cual declaró CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ANTONIA ESMERALDA FERNÁNDEZ GONDAR contra dicho ciudadano a favor de la niña ANTONIETA MONTEMURRE FERNÁNDEZ, y fijó en Bs. 120.000,00 la pensión de alimentos que ERNESTO NICOLÁS MONTEMURRE AVILÉZ debe aportar mensualmente a su hija ANTONIETA MONTEMURRE FERNÁNDEZ, los cuales le serán retenidos por la entidad empleadora de forma quincenal; asimismo decidió que los gastos médicos, medicinas, calzados, vestidos, útiles escolares y mensualidades educativas fueran cubiertos por am.....