DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos ZULAY PASTORA HERNANDEZ ROMERO y OTTO LEONARDO MACHADO PETIT, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia José Gregorio Bastidas Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 25 de Mayo de 1998, acta Nº 47, folio 48 Fte. Y Vto., del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1998. En lo concerniente a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de los hijos será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Custodia de los niños la ejercerá la madre. La Obligación de Manutención, el padre aportará la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 200,00), mensuales, los gastos médicos, útiles escolares, vestido, gastos navideños, recreación serán aportados en un 50 % por ambos padres. En lo referente al Régimen de Convivencia Familiar, el padre co.....