Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 06 de mayo de 2010, por la abogada Katiusca Betancourt Bustamante, antes identificada, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ILIANA DEL CARMEN SUÁREZ RODRÍGUEZ, antes identificada, contra la sociedad mercantil OPERADORA EL LLANO, 2008 C.A. (FULL PIZZA), antes identificada, por el presunto incumplimiento de la Providencia Administrativa Nro. 639-09, de fecha 15 de octubre del 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Portuguesa, sede Acarigua.
SEGUNDO: CON LUGAR, la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 06 de mayo de 2010, por la abogada Katiusca Betancourt Bustamante, antes identificada, en s.....