PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la nulidad solicitada por la defensa en atención a que el allanamiento se practicó por vía de excepción como legitÍma el artículo 210 en su numeral 1, es decir para impedir la perpetración de un delito
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la excepción opuesta por la defensa conforme al artículo 28 numero 4 letra i del Código Orgánico Procesal Penal , por acción promovida ilegalmente, por falta de requisitos formales, toda vez que la acusación penal presentada por la vindicta pública contra los ciudadano Huwaldo y Huwer Medina Díaz contiene una relación clara . precisa y circunstanciada de los hechos punibles que les atribuye a los imputados; un capítulo señalado con el Nro II donde explana los fundamentos de la imputación , expresando los elementos de convicción que motivaron al ministerio Público a emitir la acusación como acto conclusivo de la investigación; los preceptos jurídicos por los que el Ministerio Público, como titular de la acc.....