Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación contra la Sentencia Definitiva, dictada por el Tribunal (Mixto) Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 17 de Enero de 2005, la cual condenó al acusado VICTOR MANUEL DUQUE PEREZ, plenamente identificado en autos, a cumplir la pena de ONCE (11) años de presidio más las accesorias del artículo 13 del Código Penal derogado, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 ejusdem; interpuesto por el Defensor Público Penal Abogado Carlos Andrés Pérez.
SEGUNDO: Actuando de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 452, en concordancia con el primero y .....