REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-006212

Vista la solicitud presentada por la ciudadana LAURA YAMILET RAMOS LEMUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.265.602, de este domicilio, asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el Barrio Jacinto Lara del Norte, Calle 12 entre 1 y 2, N° 12-25, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 mts.2), alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terrenos ocupados por Cruz Elena Arboleda Cano; SUR: Con terrenos ocupados por Willians Paredes; ESTE: Con calle 12 que es su frente; y OESTE: Terrenos ocupados por Maria de Olivar. Dichas bienhechurías consisten en una csa quinta de dos pisos con un área de construcción de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140 mts.2), dividida internamente de la siguiente manera: PLANTA BAJA: Paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, porche, sala, estudio, cocina comedor, un baño recubierto de cerámica, wc, lavamanos, regadera con instalaciones par agua fría y caliente, calentador de agua, cuatro ventanas de hierro con vidrio corredizas con sus protectores de hierro, protectores de hierro en puerta del frente y patio, escalera desde la cocina al segundo piso y escaleras desde la sala al segundo piso, seis puertas de hierro, aguas blancas y negras empotradas, cables eléctricos empotrados, doce puntos de luz, área de lavandería, techo de platabanda, piso de cemento pulido, jardín con planchon de cemento, jardín en el porche y parte trasera área de estacionamiento para 4 vehículos, plantas ornamentales, rodeada toda el área con paredes de bloque, portón de hierro, puerta de entrada de hierro, ventanas de hierro en el frente, pozo séptico SEGUNDO PISO: habitación principal con baño y vestir, cuatro habitaciones sencillas, dos baños, tres balcones, 16 puntos de luz, puntos para aguas negras y puntos para aguas blancas, esta área en construcción, con un área de construcción aproximada de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180 MTS.2) El valor invertido es la cantidad de VENTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 20.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: ROMELIA GUTIÉRREZ y PEGGY GONZÁLEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana LAURA YAMILET RAMOS LEMUS, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez Suplente Especial,

Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria


María Fernanda Alviarez

MJP/dmg