Este Juzgado Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara (MIXTO), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano RAFAEL EDUARDO AVENDAÑO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.088.388, nacido el 30/07/59, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en carrera 30 con calle 31 casa N° 32 ¿ 20, Barrio El Malecón detrás de la Catedral Barquisimeto Estado Lara, asistido por la Defensora Pública Penal Abogada María Eugenia Chávez, a sufrir la pena de tres (03) años, seis (06) meses, seis (06) días, seis (06) horas, seis (06) minutos y seis (06) segundos, por ser autor responsable del delito de Hurto de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en agravio del ciudadano JHONNY GREGORIO ALV.....