DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de JESUS MARTIN PEÑA RODRIGUEZ, cédula de identidad N° V-15.230.611, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 12/04/81, de 27 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación vendedor, hijo de Dionisia Rodríguez y Martín Peña (difunto), residenciado en la calle 52 entre 23 y 24 casa con frente de rejas blancas con ladrillos al lado de un taller mecánico, de esta ciudad, así como las pruebas ofrecidas para ser llevadas a Juicio. Ahora bien por cuanto el acusado hizo uso de una de las Alternativas a la Prosecución del Proceso, se acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado JESÚS MARTÍN PEÑA RODRÍGUEZ, por el lapso de un (.....