D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión, Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinales 3,4, Y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos: 1º) JHON STEVE BRACHO PALMAR, cédula de identidad N° V- 16.355.408, nacido en Maracaibo, el 27-12-80, de 29 años de edad, Venezolano, soltero, de Ocupación comerciante, hijo de Dilia Maria Palmar y Jhon Ender Bracho, grado de instrucción 8vo grado, residenciado en Maracaibo el sector el silencio calle 24 de julio casa S/N al lado de la panadería Teléfono: 0424-7187659 ( no presenta otro asunto ante tribunal alguno); 2º) ITZA NOXIOTY RANGEL HERNANDEZ .- cédula de identidad N° V- 7759247, nacido en Maracaibo, el 17-05-62, de 48 años de edad, V.....