D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA LA PENA DE MULTA, de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BS. 750,00), que por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penalque le fue impuesta al ciudadano JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ, C.I. 5.930.809, ampliamente identificados en autos, de conformidad con el artículo 112 ordinal 4º del Código. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensora Pública Penal y al penado. Remítase, en su oportunidad, el presente asunto al archivo Judicial, a los fines de su archivo y conservación.-