Este Tribunal Garantizando la premisa fundamental del Interés Superior del Niño, Niña y adolescentes como ser Humano en desarrollo y formación, DECRETA: Aumento de la Obligación de Manutención a un Veinte por ciento (20%) de su sueldo mensual y Medida Preventiva sobre el sueldo del obligado de manutención de la siguiente manera: 1.- Retener de la nómina de pago del Obligado de Manutención, Ciudadano: JOSE GREGORIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 7.985.427, El Veinte por ciento (20%) de su sueldo mensual, por concepto de obligación de Manutención en beneficio de la Adolescente MARIA GABRIELA PEREZ YEPEZ, ampliamente identificada en autos. 2.- Ordenar la retención de un Veinte por ciento (20%) de la Bonificación de Fin de Año y de Vacaciones, cuando se hagan efectivas cada una de ellas al prenombrado ciudadano, obligado de manutención. Todas las mencionadas cantidades deberán ser depositadas por ustedes en la cuenta de Ahorros N° 01-084-000397-9, d.....