En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada asistido por el abogado JESUS ALFREDO VILLANUEVA, contra sentencia dictada por JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de fecha 08 de Agosto de 2007, en consecuencia,
2. SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 08 de Junio de 2007 que declaro CON LUGAR, la demanda por: DESALOJO, intentada por el ciudadano: AMÉRICO JOSÉ ARRAEZ APONTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.269.416, representado por la abogada: ALEJANDRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, i.....