DECISIÓN
Con fundamento a todo lo expuesto este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Parcialmente Con Lugar la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana Ana Elisbeth Escobar de Suárez, en representación de su hijo el niño (Omitido artìculo 65 LOPNA), contra el ciudadano Henry Antonio López Valera. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,oo) mensuales, a razón de cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,oo) quincenales, además de cubrir con el 50% de los gastos de médicos, medicinas, educación, recreación, deportes, vestuario y cualesquiera otros que su hijo requiera.
Expídase copia certificada de la sentencia a la parte interesada.
Regístrese y Publíquese.