En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado N° 6 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano FREDDY RAFAEL LUCENA QUINTERO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.933.150, nacido el 29/05/70 en Barquisimeto Estado Lara, de 33 años de edad, residenciado en Barrio Pueblo Nuevo calle 10 entre 4 y 5 casa Nº 444, cerca de la Iglesia Santísima Trinidad, por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal Ordinario.
LA JUEZ TITULAR SEXTA DE CONTROL,
ABG. CARMEN TERESA BOLIVAR PORTILLA.
LA SECRETARIA,
ABG. LE.....