Definitivamente firme como ha quedado el Fallo Condenatorio en el publicado en fecha 11-11-09, por el Tribunal de Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual condenó, bajo el procedimiento de Admisión de los Hechos a los ciudadanos: ALVARADO MARTÍNEZ GIANCARLOS REIMIR, titular de la cedula de identidad Nº V- 22.184.663, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 16-07-1991, de 18 años de edad, de ocupación u oficio: Obrero, hijo de Irma Martínez y Reimir Alvarado, domiciliado en el Barrio José Gregorio Hernández, calle principal, vereda 17, casa C-11, a dos cuadras de la Iglesia, Barquisimeto Estado, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal, por encontrarlo culpable de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Orgánica Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y USO DE ADOLESCENTE PARA DELIN.....