DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Privado Abg. BRINER ALI DABOIN, actuando en tal carácter del ciudadano JESUS OLIVERO GIL, Venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº. 18.736.410, contra la decisión dictada en fecha 25 de Marzo de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 11 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano JESUS OLIVERO GIL, Venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº. 18.736.410, por la presunta comisión del delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 35 solo encabezado de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamien.....