DECISIÓN
Por las razones expuestas y por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público no objetó nada contra esta solicitud, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana Cynthia Isabel Álvarez Álvarez, en representación de su hijo el niño Jesús Alejandro Rojas Álvarez. Se ordena asentar en dicha partida la edad correcta del padre como: veintiuno (21), dejando sin efecto: cuarenta y dos (42). Dicha partida de nacimiento se encuentra inserta en unos de los libros del Registro Civil de Nacimiento llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 85, folio N° 43, de fecha 25 de abril de 2.003. Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro del Municipio To.....