Este Tribunal de la República Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA POR COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES INTENTADA POR ARGELIA CAMARGO DE DABOIN, REPRESENTADA POR LOS ABOGADOS  VÍCTOR LINO CHUMPITAZ TASAICO, ROSMERY BISLICK, TOYN FRANCISCO VILLAR Y LUIS FELIPE MAITA, inscritos en el IMPREABOGADO bajo los Nº 54.513, 63.634, 35.939 Y 16.588 respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil EL INFORMADOR C.A. plenamente identificada en autos, representada por los abogados LUISEV GUEDEZ ALVAREZ, JOSE EUGENIO BALLESTEROS Y SAULO LUIS GUEDEZ ALVAREZ, inscritos en el IMPREABOGADO bajo los Nº 61.138, 21.026 Y 69.770 respectivamente, EN CONSECUENCIA LA DEMANDADA FUE CONDENADA AL PAGO TOTAL DE  (Bs. 26.546.383,75). mas  lo que resulte de las Horas Extras ordenadas a calcular por un unico Experto Contable 
	
	SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTA A LA DEMANDADA 
	TERCERO: SE ORDENA LA DESIGNACIÓN DE UN ÚNICO EXPERTO CONTABLE .....