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Decisiones del dia 02/02/2011 |
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N° Expediente :
KP02-J-2011-000125
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N° Sentencia :
260-2011
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Fecha: 02/02/2011 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: LISETH COROMOTO VALENZUELA Y JOSE ANTONIO LADINO |
Resumen:
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo sobre OBLIGACION DE MANUTENCION, según acta levantada en la Fiscalía en fecha 17 de enero de 2011 de, el cual consiste en lo siguiente: "PRIMERO: El progenitor se compromete a aportar la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (BsF.100,00) semanales los cuales serán depositados el día viernes de cada semana en una cuenta de ahorros del banco Casa Propia que la madre aperturara para tal fin . SEGUNDO: En cuanto a los gastos médicos y medicinas, vestido y calzado, gastos decembrinos, entre otros serán sufragados por el padre". Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Rosangela Mercedes Sorondo Gil
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
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N° Expediente :
KP02-J-2011-000120
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N° Sentencia :
263-2011
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Fecha: 02/02/2011 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: MARIBEL CASTRO Y NAUDY FRANCISCO OVIEDO |
Resumen:
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo sobre OBLIGACION DE MANUTENCION, según acta levantada en la Defensorìa en fecha 06 de Mayo de 2010, el cual consiste en lo siguiente: "UNICO: El padre aportara la cantidad para sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF.800,00) mensuales, fraccionados en CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 400,00) los 15 y los 30 de cada mes, que serán depositados en una cuenta de ahorros. Otros gastos extras serán compartidos por ambos padres". Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Rosangela Mercedes Sorondo Gil
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
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N° Expediente :
KP02-J-2011-000116
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N° Sentencia :
264-2011
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Fecha: 02/02/2011 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: JAN ODALIS BELLO Y JUAN RAFAEL CADEBILLA CARRILLO |
Resumen:
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo sobre OBLIGACION DE MANUTENCION, según acta levantada en la Defensorìa en fecha 06 de Julio de 2010, el cual consiste en lo siguiente: "UNICO: El padre aportara para manutención de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA la cantidad de OCHENTA BOLIVARES FUERTES (BsF. 80,00) semanales entregados a la abuela materna. Los otros gastos extras serán compartidos por ambos padres, durante los meses de Julio y Agosto el padre aportara DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 200,00) en Julio y DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 200,00) en Agosto (único aporte) ". Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Rosangela Mercedes Sorondo Gil
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
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N° Expediente :
KP02-J-2011-000120
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N° Sentencia :
263-2011
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Fecha: 02/02/2011 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: MARIBEL CASTRO Y NAUDY FRANCISCO OVIEDO |
Resumen:
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo sobre OBLIGACION DE MANUTENCION, según acta levantada en la Defensorìa en fecha 06 de Mayo de 2010, el cual consiste en lo siguiente: "UNICO: El padre aportara la cantidad para sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF.800,00) mensuales, fraccionados en CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 400,00) los 15 y los 30 de cada mes, que serán depositados en una cuenta de ahorros. Otros gastos extras serán compartidos por ambos padres". Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
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Juez/Ponente:
Rosangela Mercedes Sorondo Gil
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
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