DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Cristóbal Rondón, en su carácter de Defensa Privada, actuando en tal carácter del ciudadano LEONEL JOSE LUCENA VARGAS, titular de la cedula de identidad N° 20.540.821, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de Marzo de 2014 y fundamentada en fecha 14 de Agosto de 2014, mediante la cual dicta sentencia Absolutoria con respecto al delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, y a su vez Declara Culpable y Condeno al ciudadano LEONEL JOSE LUCENA VARGAS, titular de la cedula de identidad N° 20.540.821, a cumplir una pena de DIESICIETE (17) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias por la ley,.....