DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la solicitud de Ampliación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad incoada por la Defensa Técnica y Acuerda la AMPLIACION DE LA MISMA, a favor de los ciudadanos LOROLAIZA FERRINI Y FREDDY GONZALEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.627.081 y 4.321.305, venezolanos, mayores de edad, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN MODALIDAD DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Artículo 31 tercer aparte, quedando obligados a presentarse una vez cad.....