Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control No 01, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana ELSA COROMOTO RODRIGUEZ, por ser procedente de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y ultimo aparte del 312 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; y, en consecuencia NIEGA LA ENTREGA del vehículo tantas veces descrito al ciudadano PEDRO MANUEL ALVARADO, y ORDENA LA ENTREGA en calidad de DEPOSITO de un vehículo de las siguientes características: PLACA 058-XEE, MARCA CHEVROLET, MODELO C70 CHASIS LARG, AÑO 91, COLOR BLANCO, CLASE CAMION, TIPO ESTACAS, SERIAL DE CARROCERIA C2C3CMV313724, SERIAL DE MOTOR CMV313724, USO CARGA, a la ciudadana ELSA COROMOTO RODRIGUEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD N° 7.340.079, quien no podrá ejercer sobre el mismo facultad alguna de disposición, ni venderlo, ni enajenarlo o de alguna forma gravarlo, debiendo presentarlo ante el Tribunal o el Ministerio Púb.....