Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: YELITZA JOSEFINA LEAL SUAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.-9.844.667, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.15.000.000,00), EQUIVALENTE A QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (15.000 B.F) cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artí.....