DISPOSITIVA
Este Tribunal de la República y Por Autoridad de La Ley, ACUERDA LA INTIMACION de la ciudadana: FLOR RANGEL, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la calle 38, entre carreras 18 y 19, Centro Comercial Bella Vista, primer piso, local 2ª-12, Barquisimeto, Estado Lara, a fin de que pague la cantidad de de BOLIVARES CINCO MIL (Bs. 5.000,oo), por concepto de HONORARIOS PROFESIONALES, demandados por el Abogado JERMAN ESCALONA, titular de la cédula de identidad nro. 7.419.018, en ocasión de actuaciones realizadas para la defensa del ciudadano KEIBER MIGUEL TIMAURE RANGEL, titular de la cédula de identidad nro. 20.015.494, dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes a su intimación, o en su defecto formule oposición o ejerza el derecho de retasa, caso contrario se procederá a la ejecución forzosa.-
Todo de conformidad con el contenido de los artículos 22, 25 y siguientes de la Ley de Abogados, 640 y siguientes.....