DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia consultada. En consecuencia, SE DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano DIMAS ENCARNACION ROLDÁN TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 914.198. En consecuencia, se designa como CURADOR al ciudadano GILBERT DAVID ROLDÁN AMARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.072.147.
Queda así CONFIRMADA la sentencia consultada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.