DECISION.
Por los motivos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Declara CON LUGAR el Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común solicitado por los cónyuges, y en consecuencia se acuerda la Disolución del Vinculo Conyugal contraído por los ciudadanos CIOLYS DELIA ALVAREZ PACHECO y FREDDY JAVIER FREITEZ VASQUEZ, ya identificados, contraído por ante el Registro Civil de la parroquia Unión, municipio Iribarren, estado Lara, en fecha 08 de marzo de 2000, según acta No. 54 folio 55 Vto. del Libro de Matrimonio llevados por esta Prefectura en ese año 2000. Líbrense los oficios correspondientes.
Se declara Extinguida la Comunidad de Gananciales de conformidad a lo establecido en el artículo 173 del Código C.....