/Este Tribunal en Función de Ejecución Nº 2, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Autorizar al Director del CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGION CENTRO OCCIDENTAL, URIBANA, BARQUISIMETO, ESTADO LARA, para que realice el traslado del penado: BELLO JEANNY MARCELINO, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 08/07/1980, de 29 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Obrero, grado de instrucción: 6º, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.585.467, hijo de Zenaida del Carmen Bello, y Marcelino Maldonado, con ultimo domicilio en Km. 13, vía Duaca, entrada del cardonal, casa S/N, con rejas verdes, Barquisimeto, Estado Lara, quien fue condenado por el Juzgado Segundo en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ROBO GENÉRICO previ.....