Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 16/06/2008

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Sig [+10] [Total de sentencias: 133] Página 9 de 14
N° Expediente : KP02-S-2008-5886 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOBEIDA ORTIZ DE VIVAS Y EFRAIN ANTONIO VIVAS
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de los ciudadanos SOBEIDA ORTIZ DE VIVAS y EFRAIN ANTONIO VIVAS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CORDERO, SECTOR CAJA DE AGUA, JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA TAMACA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Con calle principal; SUR: Con terreno ocupado por Reinaldo Conde; ESTE: Con terreno ocupado por Juan Hernández; OESTE: Con terreno ocupado por Hedí Romero. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-7201 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
CARMEN JOSEFINA LOPEZ DE DIAZ
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana CARMEN JOSEFINA LOPEZ DE DIAZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EN LA CARRERA 5 CON CALLE 1 N° 9, VALLE VERDE, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Con la carrera 5 que es su frente; SUR: Con la parcela de Juan Rodríguez; ESTE: Con la parcela de Petra Blanco; OESTE: Con la parcela de Coromoto Abreu. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-4736 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MARIAN JOSEFINA ALVARADO SUEREZ
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARIA JOSEFINA ALVARADO SUEREZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EN LA CALLE SUCRE N° S-37, URBANIZACION SANTA BÁRBARA, CABUDARE, PARROQUIA CABUDARE, MUNICIPIO PALAVECINO DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de 17 mts con Ligia Colmenarez, SUR; En en línea de 17 mts con Ysbely Rodríguez, ESTE: En línea de 6 mts con Alexis Altuve y OESTE: En línea de 6 mts con la calle Sucre que es su frente; Dejando a salvo, derechos de terceras personas
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-2527 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MARGELIS ANTONIA CHIRINOS DE DELGADO
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARGELIS ANTONIA CHIRINOS DE DELGADO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE 15 ENTRE 2 Y 3 N° 104, DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Con terrenos ocupados por Bárbara Suárez; SUR; Con terrenos ocupados por Norexi Chirinos; ESTE: Con terrenos ocupados por Maria Pérez; OESTE: Con Calle 15 que es sufrente; Dejando a salvo, derechos de terceras personas
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-3817 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MARYLIS NAILETH SANCHEZ BRACHO
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARYLIS NAILETH SANCHEZ BRACHO, antes identificada , sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: En Ruiz Pineda I, calle 1 entre veredas 7 A y 7 B, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: En línea de 18,20 mts. con Yenser Vargas; SUR: En línea de 18,055 mts. con Carmen Escobar; ESTE: En línea de 9,79 mts. con José Manuel Guevara, y OESTE: En línea de 9,90 mts. con la calle 1 que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-4910 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
BRIYIG ALEXANDRA LUCENA QUERALES
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana BRIYIG ALEXANDRA LUCENA QUERALES, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE 2, CASA N° 28-2, URB. NUEVO AMANECER, JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA CABUDARE, MUNICIPIO PALAVECINO DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En línea de 10 metros con calle 2 que es su frente; SUR: En línea de 10 metros con William Almao; ESTE: En línea de 17,50 metros con Luis Gómez; OESTE: En línea de 17,50 metros con Migdalia Gómez. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-14726 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SANTA CAROLINA YANEZ RODRIGUEZ
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana SANTA CAROLINA YANEZ RODRIGUEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL SECTOR VALLE VERDE KILOMETRO 12 VIA QUIBOR PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Con bienhechurías del ciudadano Pedro Lucena; SUR: Con la Carrera 6; ESTE: Con bienhechurías de la ciudadana Maria Medina; OESTE: Con bienhechurías de la ciudadana Norka Rodríguez, que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-6850 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
RAFAEL ALFONZO PÉREZ AGUILAR
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana RAFAEL ALFONZO PÉREZ AGUILAR, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL BARRIO PILA DE MOCTEZUMA I, AVENIDA ANTONIO TETARD, ENTRE CURACAO Y AVENIDA LOS CERRAJONES, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en; NORTE: En línea de 14 mts con la Avenida Antonio Tetard, que es su frente; SUR; En línea de 14 mts con terrenos ocupados por Oleida Pacheco, ESTE: En línea de 20 mts con terrenos ocupados por Liliam Segobia y OESTE: En línea de 20 mts con terrenos ocupados por Livia Herrera; Dejando a salvo, derechos de te.....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-5642 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
JOLEIMA MARTINEZ BRACHO
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana JOLEIMA MARTINEZ BRACHO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE 5 CON CARRERAS 2 Y 3 N° 154, LOMA DE LEON SECTOR ALI PRIMERA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Con casa y terreno ocupado por Norelkis Elena Martínez; SUR; Con casa y terreno ocupado por Carmen Mendoza; ESTE: Con casa y terreno ocupado por Katty Martínez; OESTE: con casa y terreno ocupado por Humberto Martínez; Dejando a salvo, derechos de terceras personas
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP01-P-2006-001780 N° Sentencia : Fecha: 16/06/2008
Procedimiento:
Computo
Partes:
PENADO: CARLOS JOSE DIAZ
Resumen:
Vista la decisión de fecha 21-04-08, N° 2008/0281 de la Sala Constitucional mediante el cual suspendió la aplicación de Los parágrafos únicos del artículo 458 del Código Penal, el penado podrá solicitar al formulas alternativas de cumplimiento de penal, como son: Destacamento de Trabajo al tener cumplido ¼ de la pena impuesta, es decir a los Dos (02) años y Seis (06) meses, que sería a partir del 29-09-07. Establecimiento Abierto al tener cumplido 1/3 de la pena impuesta, es decir a los Tres (03) años y Cuatro (04) meses, que sería a partir del 29-07-08. Libertad Condicional al tener cumplido 2/3 de la pena impuesta, es decir a los Seis (06) años y Ocho (08) meses, que sería a partir del 29-11-11. Confinamiento al tener cumplido ¾ de la pena impuesta, es decir a los Siete (07) años y Seis (06) meses, que sería partir del 29-09-012, luego del cual comenzara a cumplir las accesorias del artículo 16 del Código Penal La.....
Juez/Ponente:
Pilar Fernández de Gutiérrez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados