DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano YORBIS JOSÉ PERAZA ABARCA, de nacionalidad venezolana, de 21 años de edad, nacido el 27/02/87 en Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de identidad N° 26.238.937, de profesión u oficio Obrero, hijo de Angelina Abarca de Escobar y Segundo Antonio Peraza, residenciado en vía El Manzano Los Sauces vía El Colegio Cotolengo, a cinco casas de la Iglesia, casa color verde sin número, Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por hecho cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, calculándose la .....