Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR , la demanda por DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentada por el ciudadano: FRANCISCO MORENO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.961.257, y de este domicilio, por intermedio de sus apoderados judiciales: ALIDA VILLASANA, ARMANDO JOSE ANDUEZA, y ARELYS JOSEFINA ANDUEZA, abogados en ejercicios e inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nros. 34.347, 31.423, y 64.248, respectivamente, contra la accionada: EMPRESA EL CUJI TRANSUR, C.A., representada por su Presidente, ciudadano: ANGEL PEROZA, titular de la Cédula de Identidad N° 4.727.078.- En consecuencia se condena a la accionada: EMPRESA EL CUJI TRANSUR, C.A., representada por su Presidente, ciudadano: ANG.....