Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CONDENA al ciudadano DANIEL JOSE LISCANO COLMENÁREZ, titular de la cedula de identidad Nº 16.737.112, Venezolano, Natural de Barquisimeto, fecha de nacimiento: 05-06-1984, 26 años de edad, Estado Civil: Soltero, Hijo de Paulino Ramón Liscano y María Colmenárez, Ocupación: seguridad, Grado de instrucción: 3er año. Domiciliado Barrio Los Positos sector 4 manzana B casa Nº 3, casa de color rosado con blanco, a una cuadra de mercal, a cumplir la pena de UN (01) AÑO CON SEIS (6) MESES de prisión, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. Se mantiene la medida cautelar de presentación cada 30 días. Se exoneró del pago de las costas en virtud de la Justicia G.....